Es importante bajar los costos del financiamiento

A partir de la instalación de la idea de una nueva tarjeta para supermercados se disparó la discusión sobre las comisiones cobradas a estos centros de ventas por la utilización de los plásticos; desde esta columna se expresó que el tema de las comisiones era una transferencia entre sectores económicos, y que el acento también debía ponerse en los costos que soportan los usuarios
Por Carlos Heller
en especial por las tasas de interés cobradas por las financiaciones, tanto de los préstamos personales como de las tarjetas de crédito.
En medio de este debate, tanto la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República de Argentina (ABAPPRA) como la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA) han decidido autorregularse en los intereses cobrados a las tarjetas de crédito, colocando una tasa máxima del 30% anual. En el caso de los bancos públicos y cooperativos integrantes de ABAPPRA, la mayoría ya venía cobrando tasas por debajo de ese límite, por lo cual el acuerdo es una expresión de las prácticas crediticias ya aplicadas. Para los bancos de ADEBA, significa una reducción en algunos casos de hasta 15 puntos anuales.No adhirió a estos acuerdos la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), a pesar de que su nombre agrupa a los bancos locales de capital extranjero, como el HSBC, el Santander, el BBVA, el nuevo ICBC, y a varias sucursales de bancos del exterior, como lo son el Citibank y el JP Morgan, por citar los más conocidos. Según trascendidos, ABA estaría estudiando otorgar tres cuotas sin interés para los consumos con tarjetas en supermercados, antes que modificar los intereses que cobran, que exceden largamente el 30 por ciento.

Como política altamente superadora de esta autorregulación, resulta interesante que el BCRA profundice la aplicación de las facultades concedidas por su nueva Carta Orgánica, y comience a colocar límites al costo financiero total (CFT) de las operaciones crediticias. El CFT es la tasa resultante de sumarle a la tasa de interés la totalidad de cargos que deben pagarse por un crédito, como seguros, comisiones e impuestos, y mide con mayor fidelidad que la tasa de interés el peso que tiene la financiación para el bolsillo del consumidor o empresario. La regulación del CFT por parte de la autoridad monetaria generaría un importante beneficio para la totalidad de los usuarios financieros.

En la semana se conoció el congelamiento de los precios de las naftas por seis meses, medida instrumentada oficialmente a través de una resolución de la Secretaría de Comercio, a diferencia de los acuerdos de precios con supermercados, electrodomésticos y proveedores de insumos que se realizaron por acuerdo de partes. 
No se podrá vulnerar el precio más alto según la región, existente al 9 de abril. La resolución abrió una puerta a YPF para que pueda incrementar el precio de sus naftas, que venían siendo más baratas que las de la competencia, y limita la suba a estas últimas. No obstante, se abre un potencial conflicto, puesto que Shell y otros productores aducen que la regulación del precio está fijada en el decreto que reglamenta la Ley de Hidrocarburos, a través de una comisión encargada de establecer los precios de estos productos. 
En cambio, la resolución de la Secretaría de Comercio se basa en las atribuciones conferidas por la Ley 20.680 de 1974 de Abastecimiento y Represión del Agio.

La medida es positiva, y es una buena oportunidad para ir preparando estrategias más amplias para el combate a la inflación, como los estudios de costos y la determinación de la rentabilidad de las empresas para, a partir de estos datos y de la definición de una rentabilidad razonable, evaluar los precios de los productos de los principales oligopolios. Una profunda reforma tributaria, que grave progresivamente a las empresas que obtienen ganancias por encima de esa rentabilidad razonable, sería también un importante elemento contra las subas de precios.
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