Revés judicial para De Narváez en una causa por evasión

Confirmaron un fallo de primera instancia que había rechazado un pedido de nulidad interpuesto por el diputado. La Justicia investiga su vinculación con cuatro sociedades radicadas en Panamá que no están declaradas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo penal económico confirmó el rechazo de primera instancia al incidente de nulidad presentado por el diputado por el peronismo opositor Francisco De Narváez en el marco de una investigación por evasión fiscal del empresario y político.
En la investigación se analiza si el también empresario figura como director en cuatro sociedades no declaradas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) radicadas en Panamá.
Fuentes judiciales señalaron que a De Narváez se lo investiga por figurar en sociedades que no están declaradas en el impuesto a los bienes personales ni tampoco en el régimen informativo RG 3293, vinculado a las autoridades societarias.
Se trata de las sociedades Gidiram SA, Denar SA, Juglar SA, y La Esperanza Associates Corp.
En rigor, según la investigación, el ex candidato a gobernador sería director de nueve sociedades radicadas en Panamá; cinco de ellas declaradas y cuatro, no.
Las sociedades declaradas son Forcham Investments SA, Rapsodia México Inversora SA, Rapsodia Chile Inversora SA, Rapsodia Colombia Inversora SA y Rapsodia Licensing INC.
La denuncia de evasión se basa en que De Narváez no habría podido acreditar el origen de 40.000.000 de dólares provenientes de fideicomisos radicados en Jersey -un territorio británico de ultramar que pertenece a la corona británica– que recibió en carácter de "beneficiario" tras la muerte de su madre, Doris Steuer.
Los períodos fiscales investigados en el expediente judicial son los correspondientes a los años 2004, 2005 y 2006.
Como consecuencia de la investigación, la AFIP determinó una deuda del empresario de casi 88.000.000 de pesos, y lo denunció penalmente por evasión agravada en la Fiscalía Federal de 1° Instancia N° 1, Secretaría Única, de la Ciudad de Mar del Plata.
El juez Carlos Alejandro Faggi, del Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 2, Secretaría N° 6, decretó mediante resolución de fecha 17/08/2010 la inhibición general de bienes, ratificando los argumentos vertidos en su oportunidad por la AFIP.
Fuente: Minuto Uno
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