LOS DERECHOS CIVILES, SOCIALES O ECONÓMICOS

En estos años nuestro país ha hecho grandes avances en materia de derechos civiles o sociales y tiene todavía varios temas en proceso. Desde el matrimonio igualitario hasta la asignación universal por hijo o la jubilación para quienes no cumplen con los años de aporte obligatorio, hay una amplia gama de cuestiones de ese tenor, encuadradas en nuevas leyes o decretos. 

Escrito por Enrique Mario Martinez
Por supuesto que pueden identificarse temas pendientes, incluso algunos incomprensiblemente demorados, como el hecho que haya perdido estado parlamentario un proyecto de ley de trata de personas, por no ser considerado en la Cámara de Diputados de la Nación. Parece fácil coincidir, sin embargo, en que hay un tratamiento sistemático de derechos civiles o sociales, que comenzaron con la memoria, la verdad y la justicia y se diseminaron por muchos aspectos de la vida en comunidad.
Salvo los económicos. Que un transexual pueda eludir la trampa de la prostitución o que una madre que recibe asignación universal por hijo pueda trabajar en algo más que changas, sigue dependiendo del mismo contexto que hace una, dos, diez décadas: del crecimiento de la economía de mercado y la aparición consiguiente de mayor demanda laboral. Este crecimiento y el mayor empleo, a su vez, siguen dependiendo básicamente de las decisiones de inversores/emprendedores, que constituyen un núcleo muy pequeño dentro del conjunto de la población.
¿Debe ser así?
¿Debemos admitir como natural una sociedad donde cada individuo puede definir su orientación sexual y hasta su sexo mismo, protegido por un marco legal, pero para comer o vestirse depende de decisiones que toman otros, a los que en general ni siquiera conoce?
La respuesta inercial a esta pregunta es que esto es así; que quien no trabaja tiene problemas para comer o vestirse; que en la sociedad de mercado, quien tiene dinero en buena medida ordena la vida de los demás.

El mismo concepto de “derecho económico” se convierte así en una idea abstracta. El artículo 14bis de la Constitución Nacional aprobado en la reforma de 1957, establece con razonable detalle los derechos sociales de los habitantes del país, en su condición de trabajadores, pero no aparece en ese listado el derecho inicial, diríamos: el derecho a trabajar. El trabajo resulta una consecuencia de una serie de factores, algunos operables por cada individuo y muchos otros por “el mercado”.

Esta estratificación de derechos, nos lleva a progresar a través de mejorar los derechos civiles o sociales, pero sin tener en cuenta que muchos de ellos se pueden ejercer con plenitud solo si se está en condiciones de trabajar con dignidad. Para tomar como referencia un ejemplo muy actual: la ley de medios. Esa normativa, que con justicia se considera de gran importancia para las comunicaciones al interior de la sociedad, busca desconcentrar la propiedad de los medios y seguramente lo irá consiguiendo más allá de tanta chicana legal. 
Asimismo, la ley manifiesta la vocación de que los grupos hoy sin voz tengan la posibilidad de integrarse al sistema. Sin embargo, al considerar al tema en términos estándar de la economía de mercado, las licencias a redistribuir se licitarán, y como situación espejo, no se prevé otorgar recursos a universidades o comunidades de base para que creen sus propios medios y los mantengan en el tiempo. 

En consecuencia, se multiplicará el número de empresarios pero no se garantiza pluralidad de voces, porque los nuevos dueños harán negocios, no tendrán como meta superior comunicar/se.
Esa situación se repite hasta el cansancio. Un productor de alimentos no tiene un derecho adquirido por mecanismo alguno para estar en contacto con sus posibles consumidores. Un muy pequeño productor de indumentaria es muy probable que termine en un sistema de auto explotación como La Salada. Las revistas que no encajan en el sistema de distribución dominante no tienen forma de llegar a sus lectores. Y así siguiendo…
Son las reglas del mercado, dirá la gran mayoría de la dirigencia política o económica.

Sin embargo, cuando un gran productor de pollos hace un acuerdo con la provincia del Chaco, para mencionar un solo ejemplo, recibe tierras gratuitamente, exención de impuestos provinciales, hasta parte de los salarios de sus trabajadores durante algunos años. Con mucho menos dinero que eso, la misma Provincia podría construir un sistema de mercados públicos que permitieran a todo productor de alimentos llegar a los consumidores en forma directa, higiénica, con calidad y precios. Eso si quiere. Y si hubiera una ley, estableciendo ese derecho, debería hacerlo sin vueltas.

Una ley madre que estableciera el derecho de todo productor de un bien o servicio con calidad adecuada a que el Estado le asegure acceso al crédito, visibilidad en el mercado y vínculo directo con los consumidores, podría ser calificada de la Ley de Derechos Económicos Fundamentales. De allí se deduciría una larga lista de normas complementarias posibles. Sobre todo, adquirirían sentido completo los derechos civiles y sociales ganados en todo este período, que en una gran cantidad de casos la economía de mercado impide que se ejerzan.
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