7D: “D” de disputa

Por Jésica Giacobbe y María Cecilia Suárez. El spot televisivo del AFSCA emitido el sábado pasado reabrió la polémica sobre la efectiva aplicación de la ley de medios y los plazos estipulados para que el Grupo Clarín ceda las licencias que exceden lo permitido por la nueva legislación.
 El multimedio respondió con otro spot, según el cual el 7 de diciembre “no debe suceder nada”. Los cruces de una lucha política, económica, jurídica y mediática.Pese a que hace tiempo que diferentes figuras del kirchnerismo se refieren al 7 de diciembre como un día clave en la aplicación de la ley, la emisión del spot televisivo durante los recesos del Fútbol para Todos, el sábado pasado, puso el tema en el centro de la agenda y el debate mediático.
Lo mismo había hecho la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, 20 días atrás, tirando la primera piedra, cuando planteó que " la cadena ilegal del desánimo tiene fecha de vencimiento: el 7 de diciembre".

La intervención de la Justicia
Los tres años que sucedieron a la sanción de la LSCA (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual) estuvieron atravesados por la intervención de la Justicia. En diciembre de 2009, dos meses después de la aprobación de la ley, el Grupo Clarín se apresuró a presentar una medida cautelar, que le permitió evadir los artículos 41 y 161, que se vieron suspendidos por el fallo judicial. Estos refieren a los puntos más problemáticos para el holding mediático que son, por un lado, la cantidad de licencias permitidas para un mismo emisor, es decir, 24 licencias de televisión por cable y 10 licencias abiertas de radio y televisión, y, por otro, la obligación que tiene quien sobrepasa ese número de desinvertir, lo que significa devolver esos permisos de emisión al Estado, según el art. 161, “en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición”.

La novedad que trajo este año fue que el 22 de mayo, la Corte Suprema de Justicia estableció un plazo concreto para el cumplimiento de estos artículos de la ley, fijando la fecha de vencimiento de la medida cautelar solicitada por Clarín. La Corte estableció finalmente, al 7 de diciembre como el plazo límite para el vencimiento de dicha cautelar. De este modo, la resolución ordena la desinversión, con lo que quedaría obligado el grupo mediático a deshacerse de las más de 100 licencias excedentes.

Sobre este punto, el oficialismo y Clarín tienen diferentes interpretaciones. Para el Gobierno el 7D es el día límite que tiene el holding para deshacerse de las licencias excedentes, considerando que, según el fallo, ya transcurrió el plazo previsto en el artículo 161, el 28 de diciembre de 2011, conforme a la reglamentación de la ley. Mientras que el multimedio interpreta que, a partir del 7 de diciembre, cuenta con el plazo de un año para adecuarse a los números permitidos por la legislación. Esto es lo que reflejan los spots televisivos que reabrieron la polémica.

Un dialogo audiovisual
“Queremos que marques un día importante en el calendario”, comienza el spot del AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual), para después hacer un recorrido por los vaivenes de la aplicación de la ley. Apunta a Clarín como el único medio que no ha encarado el “proceso de adecuación”, según el cual debería deshacerse algunas de las licencias de sus 240 sistemas de cable, 9 radios AM, 1 radio FM y 4 canales de TV abierta. Luego concluye que si Clarín se sigue negando a cumplir con la ley, el Estado se verá obligado a llamar a concurso público, “garantizando las fuentes de trabajo”, para adjudicar aquellas licencias que excedan el máximo de la ley a nuevos titulares, quienes deberán cumplir con todos los requisitos legales, “como cualquier hijo de vecino”.

Por su parte, el spot del multimedio, dice que el 7 de diciembre “no debe pasar nada”, pese a “lo que quiere instalar el Gobierno”. Allí se alega que, llegado ese día, comenzaría a transcurrir el año de plazo que estipula la ley para la desinversión, pero además agrega que en ese año la Justicia tiene pendiente resolver la demanda de inconstitucionalidad que presentó el grupo empresario. 
Sobre este punto no se encuentra en ninguna noticia o editorial del diario sobre el tema, ni en ningún testimonio, a qué se refiere esta supuesta inconstitucionalidad. Si recurrimos a la presentación que hizo Clarín a la justicia, encontramos la justificación según la cual los artículos cuestionados de la ley “conducen a un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita”. 
En este sentido, el Grupo Clarín sostiene que si la Justicia resolviera que el artículo 161 es inconstitucional, aún con el fallo anterior, el AFSCA no podría exigir la desinversión del multimedio. Si, en cambio, no hubiera un pronunciamiento de la Corte antes del 7 de diciembre, el Grupo Clarín podría pedir una extensión del plazo de la cautelar.

Qué medios para qué democracia
Son muchos los desafíos que plantea la ley en el camino de su definitiva aplicación. Puntos innovadores como la división del espectro en tercios, que destinaría igual cantidad de licencias a medios comerciales, estatales y no comerciales, es un aspecto de la ley que se desconoce, y que representa una posibilidad enorme para los medios comunitarios, alternativos y populares, que, tras treinta años de persecuciones y decomisos, siempre se encontraron en desventaja con respecto a los medios comerciales. El desafío que plantea ampliar y fortalecer a este sector, es una tarea pendiente, que no parece tener hoy la atención del Gobierno ni de la autoridad de aplicación, el AFSCA.

Lo que hay detrás de esta pelea es una disputa, no solo por la propiedad de los medios sino también por la capacidad política de instalar discusiones públicas y construir relatos. Desde ambos bandos se afirma estar aportando a la libertad de expresión, la pluralidad y la democracia. Son tiempos en los que el significado de estos términos va mutando, dependiendo del lugar desde el que se enuncian. Que esta disputa se haya convertido en una contienda entre dos actores no debe ocultar que la desconcentración de los multimedios no es la única finalidad que tiene la nueva ley. Resta esperar, entonces, que la LSCA sea finalmente aplicada para todos, sin distinciones.
Fuente: Periódico Marcha 
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