Ley de Glaciares: Apareció la Corte y congeló las cautelares de la Barrick

La Corte Suprema de Justicia anunció hoy el fallo que revoca las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la norma en San Juan. Las empresas Barrick Gold y Argentina Gold, junto con el sindicato AOMA, con el concurso del gobierno provincial, habían hecho las presentaciones judiciales. En el centro de la cuestión, los yacimientos Veladero y Pascua Lama, que estarían ubicados en ambientes periglaciales, protegidos por la Ley 26.639 de Preservación de Glaciares.
La decisión de la Corte se esperaba hace al menos un año. Ahora, queda por resolver la cuestión de fondo, que es el pedido de inconstitucionalidad de la Ley, sancionada por el Congreso de la Nación. La actuación de hoy puede interpretarse como una demostración de la "auto-incriminación" que se dieron las corporaciones mineras. 
"Se requiere que exista un inventario de glaciares y periglaciares; que se haya realizado una auditoría ambiental", dice el fallo, "y, recién en ese momento, se conocerá si la ley afecta o no los derechos del peticionante". Dicho en otros términos, Barrick tiene cola de paja.
Ahora entonces, para ajustarse a derecho, las empresas deben someterse en 180 días a la auditoría que prescribe el artículo 15 de la Ley en el caso de Veladero y Pascua Lama. En este sentido, también debe avanzar la creación del Inventario que prevé el artículo quinto, según la definición de glaciar y ambiente periglacial que precisa el artículo segundo de la normativa. Por lo tanto, si se constata que existen zonas protegidas por la Ley en los yacimientos mineros, los mismos deberían ser prohibidos según los términos del artículo sexto.

Fuente: Com Ambiental
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