Conceptos no remunerativos bajo la lupa


La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso que los empleadores deberán declarar, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los montos sobre los cuales no se aplican descuentos de previsión y seguridad social, e informar sobre "la normativa en la que se avalan" para aplicar esos importes.
 Este régimen busca evitar las prácticas de evasión al Sistema Único de Seguridad Social y poner freno a los pagos en negro.
La Resolución General 3279 del organismo recaudador establece que esos conceptos deberán declararse anticipadamente en el área "Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos" de su página web. 
"Este régimen informativo busca evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Único de Seguridad Social, ya que la AFIP, a través de sus tareas de fiscalización, advirtió que numerosos empleadores abonan una parte importante de los salarios mediante conceptos consignados como no remunerativos", dice el texto oficial.
N de la R: 
AFIP si quiere cumplir correctamente esta norma debería  empezar por exigir a los organismos del estado, nacionales, provinciales y municipales, blanquear todos los conceptos no remunerativos de sus empleados y asi evitar las prácticas de evasión a los que esos organismos están acostumbrados
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